Provincia Hispania - Edictum Consularis LV (Complutensis XXX) (Nova Roma)

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Ex officio consularis Hispaniae:

De acuerdo con el Edicto Consular se ha fijado el pago de las tasas anuales para España y Portugal en 11,37 y 7,33 Dolares USA respectivamente. Estas tasas pueden pagarse a partir de ahora y hasta el día 30 de Abril.

La Tabla oficial con los importes de los Impuestos para 2762 puede ser encontrada en la web de Nova Roma web en http://www.novaroma.org/nr/ES:Tax_rate_MMDCCLXII


I - Pago directo a Nova Roma

Los pagos han de realizarse exclusivamente en Dolares USA y pueden realizarse directamente mediante Paypal o Cheque Internacional de acuerdo con las instrucciones que figuran en la pagina web arriba citada.


II- Pago a través del Gobernador Provincial

El Edicto Consular establece que para facilitar el pago en Euros y evitar gastos de transferencia los gobernadores provinciales están autorizados para recaudar dichas tasas y hacer un pago único al Tesoro de Nova Roma.

Por ello los ciudadanos de la Provincia Hispania de Nova Roma que deseen pagar sus impuestos a través del gobernador provincial podrán hacerlo de acuerdo con la siguiente tabla:

  • Los ciudadanos residentes en España deberán transferir o ingresar 9 Euros.
  • Los ciudadanos residentes en Portugal deberán transferir o ingresar 7 Euros.

Ya que el pago a Nova Roma ha de realizarse única y exclusivamente en Dolares USA, que los cambios indicados en la Tabla oficial son meramente orientativos y debido a las fluctuaciones del cambio que experimenta esta divisa, se ha establecido un redondeo destinado a cubrir posibles fluctuaciones al alza del cambio de divisa y los gastos de transferencia internacional.


III- Pago en la Regio Lusitaniae

Por este Edicto se autoriza expresamente al Praefectus Regionis Lusitaniae C. Cocceius Spinula para que recaude los impuestos de la Regio Lusitaniae y luego los transfiera al Tesoro Provincial. Los ciudadanos de la Regio Lusitaniae deberán contactar con el Praefectus Regionis para ultimar los detalles del pago.


IV- Forma de realizar el pago

Todos los ciudadanos que deseen pagar sus impuestos a través del Tesoro Provincial deberán remitirme un correo privado para poder comunicarles la forma y detalles de como ha de realizarse el pago.

Este edicto entra en vigor inmediatamente.

Dado por mi mano en este Tercer día de Febrero de 2762 a.U.c (AD 2009), en el Consulado de M. Curiatius y M.Iulius.


M. Curiatius Complutensis

Cónsul


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